DyL n. 35 junio 2016

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Archivo Abierto Institucional de la Universidad Carlos III de Madrid: DyL n.35 junio 2016
ÍNDICE

SECCIÓN ESPECIAL



ARTÍCULOS. Sección monográfica: “Aproximación a los derechos sociales: perspectivas múltiples”

Recensiones

Noticias
  • Seminario “La Storicità del Diritto. Esistenza materiale. Filosofia. Ermeneutica”, Dipartimento di Giurisprudenza, Università di Macerata, 2 y 3 de febrero de 2016 / Adriano Ballarini.
  • II Observatorio Internacional de Derechos Humanos “Derechos de las personas migrantes, derechos reproductivos y LGBTI y el derecho a la conformación de partidos políticos. Diálogo jurisprudencial entre América y Europa” I Jornada (Madrid, 7 y 8 marzo 2016) / Luis Efrén Ríos Vega e Irene Spigno.
  • XVIII Semana de la AEEFP: desafíos públicos. Congreso Internacional de la Asociación de Ética y Filosofía política, Universidad de Córdoba, 13-15 de enero 2016 / Oscar Pérez de la Fuente.

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Recent Submissions

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    Los derechos sociales y su exigibilidad. Libres de temor y miseria [book review]
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Cabeza Martínez, Begoña
    Este artículo reseña: Silvina Ribotta, Andrés Rossetti (eds.) Los derechos sociales y su exigibilidad. Libres de temor y miseria. Colección Debates, Dykinson, Madrid, 2015
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    Redistribución de recursos y derechos sociales : la tensión entre igualdad y prioridad
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06-01) Ribotta, Silvina Verónica
    En el presente artículo discuto sobre la forma idónea de distribuir recursos económicospara la exigibilidad y efectividad de los derechos sociales, de acuerdoal marco ético, político y económico del Estado de Derecho que se sostenga.Expondré los conceptos y fundamentos más relevantes de las propuestas igualitaristasy prioritaristas, las vinculaciones y tensiones internas y los efectossobre los derechos sociales. Para concluir que, sin negar el carácter universalde los derechos sociales, el máximo disfrute de estos derechos exige un igualitarismoteleológico pluralista-prioritarista, que priorice estrategias de políticaspúblicas para ciertos colectivos más desaventajados, permitiéndoles mayor efectividady pleno disfrute de sus derechos sociales en condiciones de equitativaigualdad de oportunidades.
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    Derecho a la educación y libertad de enseñanza en la LOMCE
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06-01) Celador Angón, Óscar
    El objetivo de estas líneas es analizar la configuración de los derechos a la educacióny a la libertad de enseñanza en la LOMCE y su coherencia con el marco constitucional.La reforma educativa ha sido impulsada con el pretexto de mejorar la calidady la competitividad del sistema educativo; sin embargo, ésta ha modificado enprofundidad tanto el currículo y el itinerario escolar, como el papel de la incitativaprivada financiada con recursos públicos en el nuevo modelo educativo.
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    Una defensa de la constitucionalización de los derechos sociales
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06-01) Barranco Avilés, María del Carmen
    El propósito del presente trabajo es justificar que si los derechos sociales seaceptan como derechos humanos, la distinción entre los derechos económicos,sociales y culturales y los derechos civiles y políticos carece de sentido desde el punto de vista de la fundamentación y desde el punto de vista de la estructura,y que, por tanto, también debería dejarse de lado en la articulación de los sistemasde protección de derechos. Efectivamente, si todos los derechos se orientana garantizar que las personas tengamos el control de nuestras propias vidas, ysi de todos se derivan deberes de respeto y deberes de protección, no existen argumentosen contra de la exigibilidad de los derechos sociales que no pudieranhacerse extensivos también a los derechos civiles y políticos.
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    Nota del director [Derechos y Libertades: revista de filosofía del derecho y derechos humanos, junio 2016, n. 35]
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06-01) Ansuátegui Roig, Francisco Javier
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    Noticias [Derechos y Libertades: revista del Instituto Bartolomé de las Casas. Número 35, junio 2016]
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Ballarini, Adriano; Ríos Vega, Luis Efrén; Spigno, Irene; Pérez de la Fuente, Óscar
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    Sostenibilidad del Estado de Bienestar en España [book review]
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Pablo, Scotto Benito
    Este artículo reseña: José Luis Rey Pérez (dir.), Sostenibilidad del Estado de Bienestar en España,Dykinson, Madrid, 2015.
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    La ecología del trabajo. El trabajo que sostiene la vida [book review]
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) García López, Daniel J.
    Este artículo reseña:Laura Mora Cabello DE Alba y Juan Escribano Gutiérrez (eds.). La ecología del trabajo. El trabajo que sostiene la vida, Editorial Bomarzo, Albacete, 2015.
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    El 'derecho al trabajo' en las cárceles franquistas
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Ruiz Resa, Josefa Dolores
    Recientes estudios han puesto de manifiesto que durante el franquismo, prisioneros y presos fueron sometidos a trabajos forzados, enmarcados desde 1938 en la institución de la Redención de Penas por el Trabajo. Esta situación se presentó, no obstante, bajo la cobertura jurídica del ejercicio de un derecho: el derecho al trabajo. Aunque no fueran lo mismo la cárcel y la empresa, en todos esos ámbitos el derecho al trabajo desempeñó una tarea similar de control y disciplina de la población, y a poner de manifiesto los contenidos y las particularidades que mostró en las cárceles franquistas es a lo que se dirige este artículo. Su finalidad última es, no obstante, aportar elementos que permitan conocer mejor los aspectos jurídico-políticos del autoritarismo del régimen franquista, y así poder valorar si aún perduran en el actual. Para llevar a cabo este objetivo se procederá, en primer lugar, a indagar en la justificación ideológica que se dio al derecho al trabajo durante el franquismo. Basada en el tradicionalismo religioso y en el nacionalsindicalismo, aquella justificación permitió convertirlo en mecanismo de control y disciplina. En segundo lugar, se analizarán los caracteres específicos del derecho al trabajo en las cárceles franquistas, atendiendo al tratamiento que tuvo en el ordenamiento jurídico del Régimen y en la doctrina jurídica que lo analizó. Este recorrido permitirá concluir que estamos ante la perversión de un mecanismo de emancipación de los individuos, que se ve reducido a una obligación social irresistible y a una forma de redención moral.
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    Democracia, virtud cívica y derechos sociales
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Ruiz Ruiz, Ramón
    Existe un estrecho vínculo entre la democracia, la virtud cívica y los derechos sociales. El disfrute de estos posibilitará a los ciudadanos implicarse activamente en la cosa pública y comprometerse con el futuro de su comunidad. Lo que a su vez favorecerá la construcción de una genuina democracia, en la que los ciudadanos gocen de una oportunidad real de influir en las decisiones de los poderes públicos, gracias a lo cual será más probable que estas se encaminen a satisfacer el bien común, el bien de todos.
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    La protección indirecta como instrumento de exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales ante el Tribunal Europeo de derechos humanos
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06)
    La protección indirecta es un criterio interpretativo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que permite extender la protección del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y de sus Protocolos a derechos y libertades que no se encuentran reconocidos en sus disposiciones –entre ellos, los derechos económicos, sociales y culturales (DESC)– con el fin de garantizar la efectividad de los sí reconocidos. Sus diversas modalidades de aplicación exponen el potencial de la protección indirecta como instrumento que refuerza la exigibilidad de los DESC a escala europea. El análisis de la jurisprudencia del TEDH, sin embargo, refleja los límites jurídicos e interpretativos que mediatizan el alcance jurídico de la extensión –estándares básicos– de la protección obtenida por los DESC.
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    Sobre el estatuto de los derechos sociales: Una relectura en clave normativa
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Zullo, Silvia
    En los últimos años los derechos sociales han vuelto al centro del debate filosófico- jurídico y político como ámbito “privilegiado” de investigación en relación con su efectividad y sostenibilidad, en particular frente a la expansión de la crisis económica y financiera iniciada en el año 2008. Se ha vuelto, así, a discutir sobre la categoría de los derechos sociales como derechos “especiales” que tendrían una constante relación conflictiva con los otros derechos fundamentales, por ejemplo con los derechos de libertad, desde el momento en que los derechos sociales siempre estarían caracterizados por una dimensión prestacional a cargo de los poderes públicos. El objetivo de este trabajo consiste, por el contrario, en reafirmar la fuerza normativa de los derechos sociales, en cuanto que derechos morales “irreductibles” en su estructura y función, dotados de un fundamento común al de los derechos subjetivos que incluye la síntesis de los valores de libertad, igualdad y dignidad. En este sentido no sólo la distinción entre derechos “de libertad” incondicionados y “derechos sociales” condicionados se debe superar, sino que los derechos sociales resurgen hoy con fuerza como instrumento “privilegiado” para hacer frente al drástico aumento de las desigualdades económico-sociales y de la tasa de pobreza.
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    Propuesta para una plena justiciabilidad de los derechos sociales frente al legislador
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Bisogni, Giovanni
    Este ensayo pretende proporcionar argumentos iusteóricos que permitan ampliar la justiciabilidad de los derechos sociales con respecto al legislador: en concreto, en el caso de omisiones totales y, sobre todo, de recortes presupuestarios generalizados en el Estado social. En primer lugar, ilustraremos los presupuestos histórico-conceptuales de la tesis según la cual las violaciones legislativas de estos derechos solo son controlables parcialmente por los jueces. En segundo lugar, nos ocuparemos de los argumentos contrarios más comunes a la justiciabilidad de los derechos sociales y, específicamente, de una cierta concepción de la separación de poderes, en nombre de la cual una plena garantía jurisdiccional de los derechos sociales llevaría inexorablemente a los jueces a sustituir al legislador. La crítica de esta concepción permitirá, por último, reconstruir de manera diferente las obligaciones legislativas en materia de justicia social y proponer instrumentos procesales concretos para su protección, sin transformar por ello a los jueces en órganos de decisión colectiva.
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    Derechos sociales: Un enfoque multinivel
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) Casedei, Thomas
    El artículo, a partir del examen de las principales contribuciones que han caracterizado el debate recientemente, propone algunos apuntes para situar la cuestión de los derechos sociales en una dinámica de promoción de la democracia “desde abajo”, en el interior de los Estados nacionales, pero también aumentando la perspectiva a una óptica planetaria. El sentido argumentativo, y la intencionalidad que lo alimenta, es el de una “democratización” de la democracia misma como alternativa a los procesos de “de-democratización”, dirigidos por la “promoción ilimitada del individualismo” y por la “privatización de las funciones y de los servicios públicos”. Los derechos sociales, plenamente “derechos fundamentales” y “derechos humanos”, son concebidos como “indivisibles”, “interdependientes”, “interconectados”, respecto al resto de derechos fundamentales (tal y como se establece en la Declaración de Viena de 1993); para garantizarlos, es necesario que estén radicados “conceptualmente” dentro de un espacio social e institucional que hoy sólo puede ser “multinivel” pero que, al mismo tiempo, no puede prescindir del poder regulador y práctico de los Estados y de las instituciones territoriales, justo a las reivindicaciones que se movilizan y llevan a cabo en estos espacios.
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    Historia de los derechos fundamentales y el legado del Profesor Gregorio Peces-Barba
    (Universidad Carlos III de Madrid. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas; Dykinson, 2016-06) La Torre, Massimo
    Discurso en el Círculo de Bellas Artes de Madrid el 13 de enero 2015