Martínez Roldán, Luis2010-05-142010-05-142008Derechos y Libertades: revista de filosofía del derecho y derechos humanos, junio 2008, n. 19, pp. 99-1221133-0937https://hdl.handle.net/10016/8337La doctrina viene insistiendo en la reflexión acerca del carácter jurídico de los “valores superiores” que inspiran nuestro ordenamiento, y, en ocasiones, llama la atención cómo el Derecho se ha venido diluyendo en un mundo de pura ideología, cuando no de pura utopía, afirmándose que esa ideología o esa utopía son auténticas normas jurídicas, simplemente por estar recogidas en la Constitución. Sin embargo, las normas jurídicas son consecuencias del ejercicio de la razón, y estas consecuencias son criterios prácticos de la acción para encauzar de una determinada manera una conducta. La escala de concreción, de objetividad, de seguridad y sobre todo de racionalidad práctica comienza con las normas y se difumina progresivamente a medida que se acerca a los principios y sobre todo a los valores. Cuanto más nos alejamos de la concreción normativa más nos acercamos a un mundo de moralidad, a un mundo prelegal, preformativo, cada vez más abstracto, más teórico, más próximo a la idea, y más alejado de toda materialidad y de toda racionalidad práctica, al no poder concluir de esos valores absolutamente nada salvo su propia reiteración, pues no somos capaces de presentar ni una sola excepción a los mismos.application/pdfspaAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 EspañaConstituciónValoresNormasIdeologíaUtopíaConstitutionValuesNormsIdeologyUtopyValores y normas jurídicasValues and legal rulesresearch articleDerechoopen access