López Güeto, AuroraSainz de Baranda Andújar, ClaraBlanco-Ruiz, Marian2019-02-212019-02-212018Investigación joven con perspectiva de género III. Universidad Carlos III de Madrid, Instituto de Estudios de Género, 2018, pp. 101-112978-­84-­16829-­28-­6https://hdl.handle.net/10016/28099Actas del III Congreso Internacional de Estudios de Género, Perspectivas y Retos de Futuro: Jóvenes Investigadores (Getafe, 13 - 15 de junio de 2018) organizado por el Instituto Universitario de Estudios de Género de la Universidad Carlos III de Madrid.La intencionada invisibilidad en textos jurídicos y literarios del papel de las mujeres romanas no puede ocultar un avance, no siempre silencioso, que resulta imparable en el ámbito del derecho de familia y en las normas de derecho patrimonial promulgadas entre los siglos I a. C. y II d. C. (final de la República). Forzando el derecho hasta límites que la propia ciudadanía no estuvo siempre dispuesta a tolerar, las leyes augusteas de la familia (18 a. C.- 9 d. C.) componen un cuerpo normativo que abarca cuestiones como el castigo del adulterio femenino con la muerte o el destierro, la obligación y prohibiciones de contraer matrimonio y los premios a las madres prolíficas por su contribución a la patria y por encarnar el ideal de la matrona romana. Paradójicamente, la relación de maternidad apenas tenía repercusiones jurídicas en un sistema patriarcal diseñado en torno al todopoderoso paterfamilias lo que se manifestaba como especialmente injusto en los obstáculos jurídicos para que madres e hijos pudieran sucederse recíprocamente al fallecer.12application/pdfspaAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 EspañaMulier romanaMaternidadHerenciaDerecho romanoRazones históricas, políticas y jurídicas para el reconocimiento de madres e hijos como herederos recíprocos en el Derecho Romanoconference paperDerechoopen access101112Investigación joven con perspectiva de género III