RT Conference Proceedings T1 Contribución: los riesgos psicosociales y la nueva ley de protección de datos: el derecho a la desconexión T2 Psychosocial risks and the new data protection law: the right to digital disconnection A1 López Jiménez, José Manuel A2 Correa Carrasco, Manuel A2 Quintero Lima, María Gema A2 Universidad Carlos III de Madrid, AB La continua evolución de la tecnología y la paralela transformación de las relaciones laborales tienen como consecuencia la aparición de nuevos riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Ello hace que los riesgos psicosociales, en los que no sólo intervienen las condiciones del propio puesto de trabajo, sino también las características de la persona, se hayan convertido de un tiempo a esta parte, en uno de los principales focos de estudio por parte de la doctrina, y de regulación por parte del legislador. A estos efectos, el teletrabajo se configura como una medida de fomento de la competitividad por una parte, y de conciliación y mayor flexibilidad para el trabajador, por otra. Sin embargo, si nuevas son las formas de trabajo, distintas deben ser las medidas operadas para prevenir los riesgos derivados de las mismas, aunque el objetivo de un “trabajo decente”, de un trabajo saludable, deba permanecer no sólo como obligación, sino como prioridad de empresario y trabajador. AB The continuous evolution of technology and the parallel transformation of labour relations result in the emergence of new risks for the safety and health of workers. This means that psychosocial risks, in which not only the conditions of the job itself but also the characteristics of the person intervene, have for some time become one of the main focuses of study by the doctrine and regulation by the legislator. To these effects, telework is configured as a measure to promote competitiveness on the one hand, and conciliation and greater flexibility for the worker on the other. However, if the forms of work are new, the measures operated to prevent the risks derived from them must be different, although the objective of “decent work”, of healthy work, must remain not only as an obligation, but also as a priority for the employer and worker SN 978-84-16829-46-0 YR 2020 FD 2020-02 LK https://hdl.handle.net/10016/29764 UL https://hdl.handle.net/10016/29764 LA spa NO Ponencia presentada en el Seminario "Los nuevos retos del trabajo decente: la salud mental y los riesgos psicosociales (ODS 3, 5, 8 y 10)" celebrado el 6 de junio de 2019 en el campus de Getafe de la Universidad Carlos III de Madrid. DS e-Archivo RD 17 jul. 2024