RT Journal Article T1 La protección del consumidor de servicios jurídicos T2 The porotection of the consumer of legal services A1 Crespo Mora, María del Carmen AB Tras la reciente STS 24 febrero 2020 (RJ 2020,486) el Alto Tribunal ha consolidado su doctrina jurisprudencial que califica el contrato de prestación de servicios jurídicos entablado entre un cliente y su abogado como una relación de consumo, cuando aquel reúna la condición legal de consumidor. La principal consecuencia de tal declaración es la posibilidad de aplicar en este sector la normativa protectora de los consumidores y usuarios para regular los diversos aspectos y cuestiones relacionados con la prestación y ejecución de los servicios jurídicos. Así lo vienen haciendo desde hace un tiempo nuestros tribunales de instancia, que, con anterioridad incluso a la trascendental STJUE 15 enero 2015 -asunto C-537/13- (TJCE 2015,5), han propuesto la aplicación en este campo de diversos mecanismos tuitivos recogidos por el TRLGDCU: entre otros, la obligación de informar durante la etapa precontractual sobre los honorarios profesionales o las bases para su determinación (artículo 60 TRLGDCU), la integración del precio en caso de omisión de esta información conforme a la buena fe objetiva y en beneficio del consumidor (artículo 65 TRLGDCU) o la aplicación del control de contenido o abusividad a las condiciones generales de los contratos tipo de prestación de servicios jurídicos. El presente trabajo se dedica precisamente al análisis de los principales interrogantes jurídicos que suscita este traslado de la prestación de servicios de los abogados al ámbito de aplicación del Derecho del consumo. AB Following the recent STS 24 February 2020 (RJ 2020,486), the High Court has consolidated its jurisprudence doctrine that qualifies the contract for the provision of legal services between a client and his lawyer as a consumer relationship, where the client meets the legal status of a consumer. The main consequence of such a statement is the possibility of applying the consumers and users’ protection rules in this sector to regulate various aspects and issues related to the provision and execution of legal services. For years such has been the interpretaction by our courts of instance, which, even before the landmark STJUE 15 January 2015 –subject C-537/13– (TJCE 2015,5), have proposed the application in this field of various protective mechanisms established in the TRLGDCU. This paper is precisely focused on the analysis of the main legal question marks raised over this transfer of the provision of legal services to the consumers’ law area. PB Notyreg Hispania SN 2341-2216 YR 2021 FD 2021-03-01 LK https://hdl.handle.net/10016/38535 UL https://hdl.handle.net/10016/38535 LA spa NO El presente trabajo se enmarca dentro del proyecto de investigación “El contrato de servicios: hacia una nueva regulación en el marco del Derecho europeo” (DER2013-44620-P), financiado por el MINECO DS e-Archivo RD 18 jul. 2024