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Los países en desarrollo y el Gatt

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2008
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Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría de Estado de Comercio
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La preocupación por el impacto de las reglas comerciales multilaterales en el desarrollo es muy anterior a la Ronda de Doha de la OMC pues se remonta a la Carta de la Habana, negociada y adoptada en los albores del GATT (pero que nunca entró en vigor, como es sabido). Al analizar la evolución de esas reglas en los últimos 60 años se muestra la utilidad del concepto genérico de «trato desigual» (hacia los países en desarrollo, PVD), y se pone de relieve el punto de inflexión que representó en este contexto la Ronda Uruguay. En efecto, la acuñación de la denominación «trato especial y diferenciado» (en sustitución de «trato diferenciado y más favorable», vigente en aquel momento) apuntaba a un cambio fundamental en los objetivos perseguidos: la promoción del desarrollo va a pasar a un segundo plano, en la medida en que se postula la consecución de aquél por medio de la integración de los PVD en las reglas del sistema. No se corrigió, por otra parte, una carencia fundamental de la que siempre ha adolecido la normativa comercial multilateral en su conexión con el desarrollo: su vaguedad y consiguiente falta de operatividad, cuya superación ha vuelto a ser uno de los grandes retos en la actual ronda de negociaciones comerciales.
Description
Ejemplar monográfico: 60 años del sistema GATT-OMC
Keywords
Gatt, Desarrollo, Preferencias comerciales, Sistema de Preferencias Generalizado, SPG, Claúsula de habilitación, Trato especial y diferenciado, Acuerdo de Lomé, Acuerdo de Cotonou, Erosión de las preferencias
Bibliographic citation
Información comercial española, julio-agosto 2008, n. 843, pp. 107-122