Uso abusivo de las interinidades en el empleo público: un importante pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020. Asuntos Servicio Madrileño de Salud, C 103/18 y C 429/18
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Uso abusivo de las interinidades en el empleo público: un importante pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020. Asuntos Servicio Madrileño de Salud, C 103/18 y C 429/18
Other title:
Misuse of substitution contract in the public employment: an important judgment of The
Court of the European Union
Citation:
Barcelón Cobedo, S. (2020). Uso abusivo de las interinidades en el empleo público: un importante pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Nueva Revista Española de Derecho delTrabajo, 233, pp. 313-342
ISSN:
2444-3476
Keywords:
Contrato de interinidad y empleo público
,
Prevención de su uso abusivo
,
Justificación
,
Substitution contract and public employment
,
Ways to prevent the abusive use of this type of contract
Las interinidades de larga duración en el empleo público, ya se traten de contratos laborales como, de forma particular, de relaciones de servicio sometidas al Derecho Administrativo, es un fenómeno que, no por habitual y extendido, deja de constituir una prácLas interinidades de larga duración en el empleo público, ya se traten de contratos laborales como, de forma particular, de relaciones de servicio sometidas al Derecho Administrativo, es un fenómeno que, no por habitual y extendido, deja de constituir una práctica contraria a la Directiva Comunitaria sobre empleo temporal. Y ello tanto si se trata de prestaciones de servicios reguladas mediante sucesivos contratos temporales de esa naturaleza como también si se trata de un vínculo jurídico único pero de una duración tan desmesurada que es imposible sostener que obedece a necesidades temporales del ente público que es la única razón que justifica dicha temporalidad. La Sentencia del TJUE que constituye el leiv motiv del presente trabajo, una más de las que se vienen sucediendo en los últimos años, propone fórmulas para prevenir y combatir esa práctica abusiva que, como otras que la han precedido, seguramente dará origen a un intenso debate jurídico que el presente trabajo sólo tiene la intención de desvelar y proponer interpretaciones a las que la Sentencia puede servir de fundamento.[+][-]
The substitution contract in the public emplyment,
whether they are employment contracts or, in
particular, service relationships subject to
Administrative Law, is a phenomenon that, not by
usual and widespread, ceases to constitute a
practice contrary toThe substitution contract in the public emplyment,
whether they are employment contracts or, in
particular, service relationships subject to
Administrative Law, is a phenomenon that, not by
usual and widespread, ceases to constitute a
practice contrary to the EU Directive on temporary
employment. And this is true whether it is a matter
of provision of services regulated by successive
temporary contracts of this nature, as well as a
single legal link, but of such an excessive duration
that it is impossible to maintain that it is due to the
temporary needs of the public entity, which is the
only reason that justifies this temporality. The CJEU
Judgment that constitutes the leiv motiv of this
work, one more than those that have been
happening in recent years, proposes ways to
prevent and combat this abusive practice that, like
others that have preceded it, will surely give rise to
an intense legal debate that the present work is
only intended to reveal and propose interpretations
to which the Judgment can serve as a basis.[+][-]