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    La aplicación del derecho foral sucesorio a los extranjeros: a vueltas con la vecindad civil
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2022-10-05) Castellanos Ruiz, Esperanza
    El presente trabajo aborda la problemática, doctrinalmente nada pacífica, sobre la aplicación international litigation del Derecho foral sucesorio a los extranjeros residentes en España, como consecuencia de la designación de la ley española, a través de las normas contenidas en el Reglamentos europeo 650/2012. Teniendo en cuenta que el ordenamiento jurídico español es plurilegislativo de base territorial, se plantea la aplicación del Derecho foral a los extranjeros a través de la solución contemplada en el art. 36 del Reglamento sucesorio. Para ello, se estudiará la RDGSJFP de 20 de enero de 2022 donde se plantea la aplicación del Derecho foral sucesorio gallego a un nacional francés residente en Galicia.
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    La historia interminable de las indemnizaciones por cambios regulatorios: el caso Stadtwerke München
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2020-10-08) Moreno Molina, Ángel Manuel
    La alteración del régimen jurídico de la energía eléctrica a partir de fuentes renovables puede producir consecuencias negativas para las expectativas económicas y para las cuentas de resul­tados de las empresas que invirtieron en aquellas instalaciones, sobre todo cuando aquellos cambios regulatorios conllevan una rebaja en el precio de la electricidad allí generada. Ante dicha situación, producida en varios países, las empresas afectadas suelen ejercer acciones legales en demanda de in­demnización. En el caso de España, que adoptó un controvertido cambio de regulación en este campo, se han generado numerosos pleitos y procedimientos de arbitraje internacional, del que el caso que se analiza constituye su último exponente, y en el que se recogen unas cuestiones y planteamientos de ex­traordinaria importancia para el futuro de estos mecanismos resolutorios de conflictos
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    La gobernanza de los riesgos digitales: desafíos y avances en la regulación de la inteligencia artificial
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2022-03-18) Vida Fernández, José; Ministerio de Ciencia e Innovación (España)
    Los riesgos digitales constituyen una nueva categoría dentro de los riesgos globales que se encuentra en continuo crecimiento por lo que reclaman urgentemente su gestión y control. Estos riesgos digitales presentan una naturaleza singular por lo que tienen que ser sometidos a un modelo de gobernanza específico que actualmente se encuentra en construcción. En la configuración de este nuevo modelo de gobernanza destaca la estrategia que se está siguiendo en torno a la inteligencia artificial ya que concentra todas las claves de lo que será la futura gobernanza de los riesgos digitales en general.
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    Las causas de la contratación temporal tras el Real Decreto-ley 32/2021
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2022-02-04) Gómez Abelleira, Francisco Javier
    El Real Decreto-ley 32/2021 ha modificado las causas de contratación temporal. El lector encontrará una detallada descripción de los cambios y una valoración razonada de su impacto. Sobre la base de la tradición normativa y de la jurisprudencia, el autor propone una interpretación de los nuevos textos.
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    La adopción de medidas de apoyo a personas con discapacidad: la jurisdicción voluntaria y el procedimiento contencioso
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2022-10-13) López Jiménez, Raquel
    La aprobación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, ha supuesto la implantación en nuestro Ordenamiento jurídico de un nuevo paradigma de modelo de dis-capacidad, tal y como se prevé en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, celebrada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, inspirado en los mecanismos de asistencia a las personas con necesidades.El punto de partida de dicha reforma es la desaparición de la regulación legal de cualquier declara-ción judicial de modificación de la capacidad de las personas. En este sentido, el sistema implantado gira en torno a la sustitución del tradicional sistema de representación en la toma de decisiones por el sistema de asistencia y apoyo previsto en la Convención donde la pieza clave de dicho sistema es atender principal-mente a la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad. Para atender a dicho objetivo, se han suprimido los antiguos procedimientos de modificación de la capacidad por un expediente de juris-dicción voluntaria y un procedimiento especial de adopción de medidas judiciales de apoyo. El legislador ha otorgado una relevancia fundamental a la jurisdicción voluntaria, dando preferencia a dicho procedi-miento y atribuyendo el carácter de subsidiario al procedimiento contencioso contemplado en la LEC.En el presente estudio, se analiza, sin pretender agotar la vasta temática, además del fundamento y el marco jurídico aplicable de dicha reforma, también los procedimientos de adopción de medidas de apoyo profundizando en el proceso especial regulado en la LEC.
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    Desplazamiento transnacional laboral genuino y ley aplicable al contrato de trabajo
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2018-03-08) Gómez Abelleira, Francisco Javier
    La aplicación correcta de la Directiva 96/71 exige identificar el desplazamiento temporalgenuino. A tal efecto, los criterios de la Directiva 2014/67 se muestran insuficientes. El artículoconstruye el concepto de desplazamiento genuino profundizando en los elementos definitorios del desplazamientotemporal: temporalidad, mantenimiento de la relación laboral con el empleador del Estadode establecimiento y vínculo con la prestación transnacional de servicios. La implicación práctica másimportante es que las autoridades del Estado de desplazamiento pueden decidir la aplicación íntegra desu ley laboral cuando encuentran que el desplazamiento no es genuino.
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    Ámbito de aplicación de la lex successionis y su coordinación con la lex rei sitae-lex registrationis: a propósito de los legados vindicatorios
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2018-03-08) Castellanos Ruiz, Esperanza
    El Reglamento 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo ha venido a unificar las soluciones tan dispares de Derecho internacional privado que existían en el ámbito de la Unión Europea en materia sucesoria. Reconociendo el esfuerzo de los Estados miembros por coordinar la unificación de las normas de Derecho internacional privado en este área, su aplicación no está exenta de problemas con otras materias que afectan directamente a la regulación de la sucesión de una persona, como sucede, por ejemplo, con la regulación de los derechos reales que pueden afectar a los bienes de la masa hereditaria. Partiendo de que no existe una unificación de las normas de Derecho internacional privado en materia de transmisión de la propiedad de los bienes y de los derechos reales, en general, reconocidos por los distintos Estados miembros se pueden plantear muchos problemas teniendo en cuenta la existencia de un numerus clausus de derechos reales y los distintos sistemas de inscripción registral contemplados para la adquisición de tales derechos reales. Los artículos 1 y 23 del Reglamento sucesorio intentan solucionar este conflicto. Representan las dos caras de una misma moneda pues regulan el ámbito de aplicación de la lex successionis en sentido negativo y en sentido positivo, respectivamente. Por un lado, el artículo 1 recoge las cuestiones excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento y, por otro lado, el artículo 23 recoge las cuestiones incluidas en su ámbito de aplicación. Sin embargo, la colisión se plantea en relación con la aplicación de la lex rei sitae a determinadas cuestiones sucesorias que están incluidas en el ámbito de aplicación de la lex succesionis a las que hay que aplicar cumulativamente la dos Leyes. Así, la Ley sucesoria regula la transmisión a los herederos, y en su caso, a los legatarios, de los bienes que integran la herencia, según recoge la letra e) del artículo 23.2, y las letras k) y l) del artículo 1.2, excluyen de la aplicación de la ley sucesoria la naturaleza de los derechos reales y cualquier inscripción de derechos sobre bienes muebles o inmuebles en un registro; cuestiones que, en la mayoría de los casos, quedan sometidas a la lex rei sitae o lex registrationis. Este conflicto de leyes es lo que ha provocado la primera decisión del TJUE sobre el Reglamento sucesorio: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Segunda, de 12 de octubre de 2017: Kubicka.
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    El hombre al que todos odiaron. José María Gil-Robles y la Guerra Civil Española
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2022-02-03) Rodríguez López-Brea, Carlos María; Agencia Estatal de Investigación (España)
    El presente trabajo analiza el proceso de acoso y derribo que sufrió el líder de la CEDA, José María Gil-Robles durante la Guerra Civil española. En la primera parte se estudian las responsabilidades de dicho dirigente político en el golpe de Estado de 1936, al que se sumó esperando hacerse con el poder a medio plazo. Las cosas no salieron para él según lo esperado y su figura sufrió un profundo desgaste en los dos bandos en liza. Tras el 18 de julio, los republicanos vieron confirmada la vieja sospecha de que Gil-Robles era un conspirador que quería derribar la democracia por la fuerza, mientras que en la llamada España nacional, donde la Falange se hizo con el control de la propaganda, la CEDA y su jefe simbolizaban la vieja política que el falangismo supuestamente iba a liquidar.
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    Las "ravnopravki"y el movimiento por la igualdad de los derechos a través de la historiografía
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2019) Branciforte Mazzola, Laura
    En este artículo se aborda, a partir de un estado de la cuestión sobre el debate historiográfico más reciente en torno a las mujeres y la revolución rusa, el papel que tuvieron las feministas rusas, las ravnopravki, las luchadoras por la igualdad de derechos de las mujeres. A través de algunas de las protagonistas del asociacionismo feminista, haré especial hincapié en el movimiento sufragista que se fue consolidando en un momento clave para el Imperio ruso, desde 1905 hasta 1917. Pasando de una revolución a otra, de un domingo a otro (1905- 1917), analizaré, a raíz de la bibliografía existente, no muy copiosa, las formas de la participación de las mujeres en el estallido de la Revolución de febrero, el día 23 de febrero o 8 de marzo de 1917 según el calendario adoptado: el Día Internacional de las mujeres, disputado entre bolcheviques y feministas. Por último, tomaré en consideración otro día muy señalado en la historia del protagonismo revolucionario femenino ruso y su descripción en la historiografía: el día 19 de marzo de 1917, cuando, 40.000 mujeres marcharon por la Nevsky Prospect, bajo el lema: igualdad para las mujeres y obtuvieron el sufragio universal del nuevo gobierno provisional.